EH Rumbo a Gaza: ocupan la embajada española en Atenas y se suceden las movilizaciones de apoyo

Los participantes en la Flotilla de la Libertad ocuparon ayer la embajada española en Atenas para denunciar la situación de bloqueo en la que se encuentran. A la vez que se suceden las muestras de solidaridad en diferentes ciudades de Euskal Herria y Catalunya.

Desplegan una pancarta con el lema "Gernika libre, Palestina libre" frente a la embajada y ocupan la embajada española en Atenas.

El parlamento israelí aprueba una ley que penalizará a las partes que apoyen la campaña de Boicot, Desinversiones y Sanciones (BDS) a Israel.

Han izado la bandera palestina y desplegado una pancarta con el lema "Gernika libre, Palestina libre". Exigen que la ministra Trinidad Jiménez dé respuesta a sus reivindicaciones.

Los activistas españoles de la segunda Flotilla de la Libertad, que tenía previsto zarpar hacia Gaza con ayuda humanitaria la pasada semana, han entrado a las 12:00 horas del mediodía en la embajada española en Atenas con la intención de denunciar ante el embajador el bloqueo de los barcos de la expedición por parte de Grecia y la falta de respuesta del Gobierno español.

Los internacionalistas, que suman una veintena, amenazan con encerrarse en el interior de la sede diplomática hasta que la ministra Trinidad Jiménez dé respuesta a sus reclamaciones. A las puertas de la embajada han desplegado una pancarta que dice "Gernika libre, Palestina libre".

El Gernika es el barco en el que tenían previsto viajar hacia la franja los activistas españoles y que se encuentra inmovilizado en el puerto de Kolymvari a raíz de un decreto del Gobierno griego del pasado viernes que prohíbe zarpar a todos los barcos hacia Gaza, lleven la bandera que lleven.

Los miembros de la misión le han hecho llegar al embajador un texto en el que le expresan su decisión de mantenerse "pacíficamente en el recinto de la embajada hasta que el Gobierno español se comprometa por escrito a presionar al Gobierno griego a fin de garantizar el restablecimiento de la legalidad y la liberación del barco Gernika".

Consideran que no han atentado "contra ninguna de las leyes de Grecia" ni han comprometido al Gobierno de este país. "Hemos cumplido con todos los requisitos técnicos, legales y administrativos de las autoridades portuarias", insisten en el escrito.

Como ya hemos informado, los israelíes sabotearon varios barcos contando con la complicidad de los gobiernos. De hecho, el gobierno griego ordenó sitiar el barco Gernika imposibilitando su salida del puerto de Kolymbari, en la isla de Creta, en el que se encuentra a esta hora.

Íñigo Aduriz (Publicado en Insurgente.org)

Askatasunaren Ontzidiaren aldeko elkarretaratzeak Donostian atzo eta gaur

Atzo, uztailaren 5ean Askatasuneko Ontzidiko Gernika ontziko kideak babesteko elkarretaratzea egin da Donostiako Boulevard-ean 20:00etan. Gernika ontzia askatzeko intentzioarekin eta Bigarren Askatasun Ontzidiarekin gertatu dena salatzeko intentzioarekin, Gernika ontzian joatekoak ziren bidaiariak Atenasen dagoen Espainiar Enbaxada okupatu dute. Aldi berean, gure Catalunya Rumbo a Gazako kideek, Bartzelonan dagoen Espainiar Gobernu Delegazioaren aurrean kateaturik daude. Beraiei elkartasuna adierazteko egin dugu elkarretaratzea. 60 pertsona inguru elkartu gara eta momentuz egunero egiteko intentzioa dugu.

Gaur, Uztailak 6, 20:00etan elkarretaratzea izango da Donostiako Boulevardean. Guztioi gonbidatzen dizuegu gerturatzea.

Israel arpueba un Proyecto de ley para prevenir daños al Estado de Israel por medio del boicot.

El día, 27 de junio del corriente año, un comité del parlamento israelí aprobó la versión final de la ley que penalizará a las partes que apoyen la campaña de Boicot, Desinversiones y Sanciones (BDS) a Israel. El proyecto será presentado ante la Knesset para una segunda y tercer lectura.
Definición 1. En esta ley, el "boicot al Estado de Israel" – evita de forma deliberada lazos económicos, culturales o académicos con una persona u otra parte, por la única razón de su relación con el Estado de Israel, con cualquiera de sus instituciones o cualquier ámbito bajo su control, que puede causar daños económicos, culturales o académicos.

Boicot- delito civil

2. (a) Cualquier persona que haga público un llamamiento al boicot contra el Estado de Israel, y que se pueda esperar de forma razonable que su contenido y circunstancias conduzcan a la implementación del boicot, siendo quien lo publica consciente de esta posibilidad, está cometiendo un delito civil y se le aplicará la ley de Tort [versión nueva].


(b) Con respecto al Artículo 62a de la ley de Tort [versión nueva] el incumplimiento de un contrato por el llamamiento al boicot contra el Estado de Israel no se considerará justificación suficiente.


(c) Si un tribunal halla que se ha cometido un delito según esta ley, se permitirá que se ordene a la parte que ha cometido el delito pagar una compensación independientemente del daño real realizado. A la hora de determinar la suma de la indemnización el tribunal tendrá en cuenta las circunstancias del delito, su gravedad y su alcance.

Normas relativas a las restricciones de participar en una oferta pública

3. El Ministro de Finanzas tiene la posibilidad, bajo la autorización de la Comisión Constitucional de la Knesset, de establecer normas relativas a las restricciones a la participación en una licitación pública, debido a los compromisos asumidos por una parte que haya hecho una oferta para participar en el boicot contra el Estado de Israel, incluyendo el compromiso a no comprar productos o servicios producidos en el Estado de Israel o proporcionados por el mismo, sus instituciones o cualquier ámbito bajo su control.

Normas relativas a la retención de beneficios

4. (a) El Ministerio de Finanzas, con el acuerdo del Ministerio de Justicia, tiene la potestad de decidir con respecto a cualquier parte que haga un llamamiento de manera intencionada a implementar un boicot contra el Estado de Israel o con respecto a cualquier parte que acepte participar en un boicot [en casos especiales], lo siguiente:

(1) La parte no se considerará una institución pública (organización benéfica) a efectos del Artículo 9(2) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta.

(2)La parte no podrá ser elegida para recibir financiación del consejo para la regulación de las apuestas deportivas de acuerdo con el Artículo 9 de la Ley de Regulación de Apuestas Deportivas de 1967.

(3) La parte no se considerará institución pública (organización benéfica) a efectos de recibir ayudas de acuerdo con el Artículo 3a de la Ley de Gestión Presupuestaria de 1985.

(4) A la parte no se le aplicarán las disposiciones de la Ley de Garantías del Estado

(5) La parte no podrá ser elegida para recibir prestaciones según la Ley de Promoción de Inversiones de Capital de 1959 y la Ley de Promoción de la Investigación, el Desarrollo y la Industria del año 1984.

4.(b) La aplicación de la autoridad del Ministerio de Finanzas de acuerdo con el subapartado (a)(2) se efectuará con el acuerdo del Ministerio de Deportes, y la ejecución de su autoridad de acuerdo con el subapartado (a)(3) se realizará con el acuerdo del Ministerio designado por el gobierno como responsable de la sección del presupuesto, tal y como queda definido en el párrafo 2 de la definición "responsable de la sección del presupuesto" en la Ley Presupuestaria de 1985. La aplicación de su autoridad de acuerdo con el subapartado (a)(5) se realizará con el acuerdo del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo.

Ejecución

4[sic]. Se designa al Ministerio de Justicia para la ejecución de esta ley.

Fuente: Centro de Información Alternativa (AIC)